Estimada comunidad educativa, junto con saludar, informamos que “Cada establecimiento, junto a su comunidad educativa, puede establecer el uso obligatorio del uniforme y regular la presentación personal de los estudiantes en sus Reglamentos Internos, en coherencia con su Proyecto Educativo. Por su parte, apoderados y estudiantes tienen la responsabilidad de conocer el Proyecto Educativo Institucional e informarse sobre si existe obligatoriedad o no en el uso del uniforme, sus características y excepciones, evitando dificultades por desconocimiento respecto de la presentación personal de los alumnos”. (Superintendencia de Educación)
En este contexto, se espera que nuestros estudiantes se vistan conforme a los lineamientos entregados por la unidad educativa Cerro Grande.
El uso del uniforme del Colegio constituye uno de los principales deberes de los estudiantes (Art. 15). Entre ellos, se señala: estar correctamente uniformado, mantener y respetar la buena imagen del Colegio, tanto dentro como fuera del establecimiento, mediante un comportamiento y una presentación personal adecuados.
Asimismo, el apoderado firma, al momento de matricular a su pupilo, una carta de compromiso en la que se establece:
“Me comprometo a enviar a mi pupilo(a) aseado y con el uniforme del establecimiento (marcado). Me encargaré de que utilice el uniforme oficial del colegio, con zapatillas blancas o negras. Debo velar porque mi pupilo(a) use el polerón del establecimiento y no otro. Asimismo, deberá utilizar la chaqueta del colegio o una chaqueta azul marino, no de otro color”.
“Me comprometo a enviar a mi pupilo(a) aseado y con el uniforme del establecimiento (marcado). Me encargaré de que utilice el uniforme oficial del colegio, con zapatillas blancas o negras. Debo velar porque mi pupilo(a) use el polerón del establecimiento y no otro. Asimismo, deberá utilizar la chaqueta del colegio o una chaqueta azul marino, no de otro color”.
REGLAMENTO: Artículo 36: Del uniforme escolar
a) Los estudiantes deberán utilizar el uniforme institucional, que corresponde a buzo (pantalón y polerón) y su respectiva polera.
Importante: El polerón del Colegio debe utilizarse siempre, ya que forma parte del uniforme institucional. No se permite el uso de otro polerón (negro, gris, azul, etc.). La única excepción se encuentra establecida en la letra b).
b) Respecto del uso del polerón, se establecen las siguientes excepciones:
- Durante los meses de otoño e invierno, se debe usar la chaqueta del Colegio. No obstante, se permite el uso de una parka de color azul marino en caso de que el apoderado no pueda adquirir la oficial.
- La chaqueta debe ser sin estampados, diseños y/o logos (misma condición que aplica para la polera blanca utilizada en Educación Física, en caso de no contar con la institucional).
- En el caso de los estudiantes de IV Medio, podrán utilizar su polerón representativo de curso hasta el término del año escolar.
PROCEDIMIENTO FRENTE AL INCUMPLIMIENTO DEL UNIFORME
Se informa a estudiantes y apoderados el siguiente procedimiento ante el incumplimiento del uniforme:
a) En primera instancia, se consultará al estudiante la razón del incumplimiento (considerándose una falta leve). Se establecerán acuerdos, fijando un plazo para regularizar la presentación personal conforme a este Reglamento, dejando registro escrito de ello.
Los compromisos se ajustarán según la edad del estudiante. A partir de 5° básico, se promoverá que sea el propio alumno quien asuma la responsabilidad de cumplir con los acuerdos y la normativa interna del Colegio (formato de entrevista con el estudiante).
Dependiendo del caso, el conducto regular será: profesor jefe en primera instancia y luego Inspectoría.
b) En caso de no cumplimiento del acuerdo por parte del estudiante, o tratándose de alumnos de cursos inferiores a 5° básico, se informará al apoderado, quien deberá firmar el compromiso correspondiente en Inspectoría, estableciendo un plazo fijo para el cumplimiento del uniforme y/o presentación personal.
Se informará también al profesor/a jefe, con el fin de que pueda apoyar la comprensión de la importancia del valor de la responsabilidad en relación con la normativa institucional.
c) En caso de persistir el incumplimiento, pese a los compromisos establecidos con el estudiante (según corresponda por curso) y el apoderado, se procederá a dejar el registro correspondiente en el libro de clases digital, es decir, una amonestación escrita, dado que se considerará una falta grave al Reglamento del Colegio (por reiteración de la falta y no cumplimiento).
Se registrarán las anotaciones negativas que sean necesarias frente a esta situación.
Atentamente,
Dirección